martes, 28 de junio de 2016

S6. Actividad 2. Fondo y Forma.



LA VOLUNTAD JURÍDICA. Es el conjunto de elementos sensibles que envuelven a la expresión de voluntad. Por lo tanto, todo contrato tiene necesariamente una forma para poder expresarse y realizarse. La voluntad aparece, pues, en aquellos fenómenos de los que somos o creemos ser nosotros mismos la causa.

EL OBJETO. Es la Intencionalidad que tiene el Acto jurídico encaminada a producir efectos o consecuencias de derecho, viene a determinar que su objeto se traduzca en crear, Transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
En los actos jurídicos debemos distinguir un objeto directo y uno indirecto;
·         El objeto directo según Rafael Rojina Villegas es crear, Transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones. La definición del acto jurídico revela su objeto por eso se dice que es una manifestación de la voluntad con el objeto de crear, Transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones.
·         El un objeto indirecto; pero este no se presenta en la totalidad de los actos jurídicos; es sobre todo en los contratos y en los convenios en donde se presenta y consiste en la cosa o en el hecho materia del convenio.

LA SOLEMNIDAD. Es el conjunto de requisitos legales para la existencia de un acto jurídico al que la ley da el carácter de solemne.
Surge a partir de la importancia social y económica de algunos actos de los cuales se celebran con determinados ritos que son condición de su existencia. Es una forma de ritual de la celebración, es un elemento necesario para la creación del acto jurídico, sin este el acto jurídico no llega a existir.


FUENTES DE CONSULTA.
Diccionario Jurídico Mexicano.  3ª ed., Ed. Porrúa S.A., México, 1991, Tomo P – Z
Diccionario Jurídico Espasa, Nueva Edición, Ed. Espasa, México 2004.




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